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ONLINE, 10 Y 11 DE ABRIL, EL JUEVES DE 15.30 A 17.30 HORAS Y EL VIERNES DE 9.00A A 11.00 HORAS
FORMACIÓN HOMOLOGADA:
CÓMPUTO DE HORAS A EFECTOS DE LA FORMACIÓN OBLIGATORIA DE AUDITORESPara quienes asistan a la sesión completa, esta actividad computará 4 horas en contabilidad.
COMPUTO DE HORAS A EFECTOS DE LA FORMACION OBLIGATORIA DE EXPERTOS/AS CONTABLES ACREDITADOS/AS.Para quienes asistan a la sesión completa, esta actividad computará 4 horas en formación para Expertos/as Contables.
PONENTE:
Juan Luis Dominguez. Auditor de Cuentas ROAC. Economista REC. Profesor Titular de Economía Financiera y Contabilidad Universitat de Barcelona
PRESENTACIÓN Y OBJETIVO:Habitualmente, los activos fiscales constituyen un área de riesgo y con frecuencia, profesionalmente es objeto de debate. Todas las empresas, en sus cuentas individuales y consolidadas, deben aplicar para la formulación de las cuentas la Resolución del ICAC de 9 de febrero de 2016, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre Beneficios.Igualmente se han de tener presentes recientes consultas del Boletín Oficial del ICAC que afectan a la contabilización del Impuesto sobre Beneficios: efecto impositivo en subvenciones, reservas de capitalización y nivelación, cambios previstos en los tipos de gravamen, ... También se deberá examinar la recuperabilidad de los activos fiscales en aquellos casos de pérdidas de explotación reiteradas.La RICAC aborda las definiciones en las que se sustenta el enfoque del balance en la determinación del gasto/ingreso por impuesto corriente y diferido, también el tratamiento de los activos y pasivos por impuesto corriente. Además, incorpora ciertas particularidades, como los supuestos en que la legislación fiscal establece la posibilidad de convertir activos por impuesto diferido en un crédito exigible frente a la Administración tributaria, o las circunstancias que deben concurrir para el reflejo del crédito fiscal por bases imponibles negativas, pudiéndose superar ahora en ciertos casos el límite previsto de diez años.La norma también desarrolla ciertas implicaciones y tratamientos contables derivados de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades (IS), tales como: la reserva de capitalización; la reserva de nivelación de bases imponibles; el tratamiento derivado de la Ley que estableció un límite de deducción en la base imponible de la amortización contable del inmovilizado material, intangible y de las inversiones inmobiliarias; la no deducibilidad de ciertos deterioros,... etc. Adicionalmente se aborda el efecto impositivo derivado de la aplicación de regímenes fiscales especiales: tributación consolidada, régimen basado en la imputación fiscal de las rentas a los socios o partícipes, se efectúan algunas precisiones relevantes sobre los impuestos extranjeros de naturaleza similar al IS,... Igualmente se analizará el tratamiento contable para las provisiones y contingencias tributarias, junto con la posible periodificación de las diferencias permanentes y las deducciones y otras ventajas fiscales aplicadas en un ejercicio.A lo largo de la sesión se explicarán los distintos conceptos y la metodología de cálculo, mostrando en todo momento numerosos ejemplos de aplicación que permiten una mayor comprensión de los mismos. Las explicaciones van acompañadas de abundantes casos ilustrativos, que también servirán de referencia para debatir y medir las derivaciones impositivas derivadas de la normativa tributaria más reciente.
PROGRAMA:
1. Análisis del método y de la norma vigente para contabilizar el impuesto sobre beneficios del ejercicio 2024. Area de riesgo en auditoria
2. El gasto por impuesto corriente y el gasto por impuesto diferido
3. ¿cuándo existen diferencias entre la base fiscal y el valor contable?3.1. Base fiscal de un activo3.2. Base fiscal de un pasivo
4. ¿qué tipo de diferencias existen?: las diferencias temporarias y permanentes4.1 tipos de diferencias temporarias4.2. Diferencias temporarias y diferencias temporales4.3. Diferencias temporarias y diferencias permanentes
5. ¿se deben reconocer todos los activos y pasivos por impuesto diferido? ¿en que casos no se registran?5.1. Reconocimiento de pasivos fiscales5.2. Reconocimiento de activos fiscales5.3. Contrapartida del reconocimiento de activos y pasivos por impuesto diferido:
6. Valoración de activos y pasivos por impuesto diferido6.1. Valoración inicial6.2. Valoración posterior6.3 importancia del modo en que se recuperará/liquidara un activo/pasivo fiscal6.4 tratamiento de las deducciones y las bonificaciones de la cuota 7. Presentación del efecto impositivo en las cuentas anuales.
8. Información a revelar en los estados financieros
9. Análisis de situaciones especiales:
10. Casos prácticos y ejemplos ilustrativos.
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